martes, 10 de julio de 2012

CÓMO CALCULAR EL COSTE DE MANO DE OBRA MÍNIMO EN LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS.


Aunque este es un trabajo que preparan de forma admirable los de recursos humanos de cada empresa, voy a dar la pauta general  de cómo se calculan los costes mínimos de mano de obra en una empresa constructora basándose en los convenios colectivos.
                Evidentemente, una vez contratada a una persona, su costo es fácil de calcular, ya que a su salario y complementos habrá que añadir las cargas de seguridad social junto con otros gastos provocados por el posible desplazamiento. Dependerá de la política de empresa la de añadir una serie de provisiones por posibles imprevistos.
                En este artículo tratamos de explicar la forma de hacer el cálculo básico para cuando se tenga que hacer un estudio económico de rentabilidad coste al contratar a un nuevo empleado, sobre todo en un contrato temporal con cese previsto, con lo que habría que considerar el costo de dicho cese.
                Los conceptos que aparecen en las tablas de retribuciones tienen el significado siguiente:

CONCEPTO
DESCRIPCIÓN
PAGO
Salario Base
Fijado por convenio
Meses de 30 días
Todos los días del año excepto 30 días de vacaciones
Plus de actividad
Retribuye el rendimiento laboral
Sólo se abona los días trabajados
Plus extra-salarial
Transporte y plus de distancia
Sólo se abona los días trabajados
Pagas extraordinarias

Dos al año
Junio y Diciembre
Vacaciones

Una vez al año 30 días
Cargas sociales
Seguridad social
Contingencias comunes
Desempleo
Formación profesional
FOGASA
Accidentes de trabajo y enfermedades laborales
Seguridad Social
Mutuas


                Los datos todos, excepto los relativos a las cargas sociales y accidentes de trabajo, se pueden encontrar en los convenios provinciales de la construcción. A modo de ejemplo se incluye la tabla salarial de los trabajadores de la construcción de la Coruña aplicable a 2012, válido desde 2010, facilitado por el sindicato CCOO.
                Como se puede ver aparecen todos los conceptos mencionados, anteriormente más los relativos a atrasos de los años anteriores. Esto es debido a que en situaciones pueden existir retrasos en conseguir el acuerdo de los convenios anuales.
               



                La información sobre las cargas sociales  y primas por accidentes laborales está facilitada por la Seguridad Social

                Para realizar un ejemplo a continuación, veamos los valores para 2012:
  • Contingencias comunes: 23,6 %
  • Desempleo: 6,70 % (hemos considerado un contrato a tiempo determinado en jornada completa)
  • Formación profesional: 0,6 %
  • FOGASA: 0,2 %
  • Accidentes laborales: 6,70 %
Todos estos porcentajes están referidos a la base de cotización, que puede no coincidir con el salario si el trabajador gana más que la base establecida, con lo cual se aplicaría dicha base. O bien, si es menor por trabajo a tiempo parcial, con lo cual se aplicaría el mínimo establecido.
Veamos todo lo anterior con un ejemplo para un oficial de 1ª (por ejemplo maquinista) en La Coruña, con contrato fijo por obra, con lo cual le corresponde, según el actual convenio, una indemnización por cese del 7% de la retribución

CONCEPTO
MES
AÑO
Salario Base
911,40
10.025,40
Plus asistencia
230,70
2.537,70
Plus transporte
138,00
1.518,00
Vacaciones

1.317,04
Pagas extras

2.634,08
SUMA

18.032,22
Contingencias comunes
23,60%
4.255,60
Desempleo
6,70%
1.208,16
Formación profesional
0,60%
108,19
FOGASA
0,20%
36,06
Seguro accidentes
6,70%
1.208,16
SUMA
37,80%
6.816,18
SUMA LA RETRIBUCIÓN

24.848,40
Indemnización por cese
7,00%
1.739,39
TOTAL COSTE

26.587,79

Este sería el coste anual, dividiendo por las horas a trabajar en el año, según convenio obtendríamos el coste horario.
En el ejemplo que estamos analizando, en La Coruña, el número de horas a trabajar por año son 1.736, por lo que el coste horario sería:
26.578,79/1.736 = 15,31 €/hora
Si el maquinista de nuestro ejemplo está desplazado, como viene siendo habitual, habrá que considerar como coste aparte el de las dietas que le correspondan.
Para el manejo de todas estas cuestiones y otras muchas más estamos completamente a tu disposición, por lo que no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Ya sabes que parte del éxito de tu negocio como contructor consiste en contar con asesores especializados. 

2 comentarios:

  1. Si no me equivoco los pluses (asistencia y transporte) están mal calculados, sería por 22 días al mes en lugar de 30 días.

    Un saludo

    ResponderEliminar
  2. Tienes mucha razón, mi querido amigo anónimo, hasta el mejor escribano tiene un borrón y te agradezco tanto tu interés como tu comentario.

    Como dije al principio del artículo, es una labor que realizan admirablemente los encargados de las relaciones laborales, en mi caso sólo pretendía dar una divulgación general. De todas formas en esl texto aparece la explicación de forma correcta, ya que son conceptos que se pagan por días realmente trabajados.

    gracias nuevamente y un saludo

    ResponderEliminar